La revocación de mandato y sus implicaciones

- Artículos - septiembre 13, 2021

El pasado 3 de septiembre, el Senado aprobó la Ley Federal de Revocación de Mandato con 101 votos a favor y 2 en contra. Es una propuesta del propio Ejecutivo federal y es una iniciativa importante de la actual administración. La ley fue remitida a la Cámara de Diputados para su revisión, y el Congreso de la Unión debe además aprobar una ley reglamentaria para regular el proceso de revocación de mandato.

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) define a la revocación de mandato como una figura democrática con la que los ciudadanos eligen si un funcionario electo para cierto periodo continúa o no su mandato.

En 2019, el Congreso mexicano aprobó una reforma constitucional mediante la cual se creó la figura de revocación de mandato y la Constitución establece el proceso de cómo ejecutar la revocación. Esta reforma aplica para el presidente, gobernadores y altos funcionarios del gobierno.

La Ley Federal de Revocación de Mandato pretende garantizar el derecho constitucional de la ciudadanía de solicitar, participar y votar la revocación de mandato del presidente, y determinar la conclusión anticipada de su cargo, a partir de la pérdida de la confianza. Reconoce que el proceso de revocación de mandato se sujetará también a lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales e indica que la jornada de votación deberá celebrarse el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la consulta y en fecha no coincidente con jornadas electorales federal o locales.

El Instituto Nacional Electoral (INE) sería el encargado de la organización y desarrollo de la consulta, así como el cómputo de la votación, garantizando los principios de legalidad e imparcialidad, prohibiendo el uso de recursos públicos para llevar a cabo la consulta ciudadana.

El principal reto de esta iniciativa es la participación de la ciudadanía. Para iniciar la revocación de mandato requiere ser solicitada por al menos el 3% de los inscritos en la lista nominal, que representa casi 3 millones de ciudadanos, y que correspondan a por lo menos 17 entidades federativas.

Para que el proceso de revocación de mandato sea válido, deberá haber participación del 40% o más de la lista nominal, que corresponde a 37 millones de mexicanos. Sólo así el resultado será vinculatorio.

En este sentido, la revocación de mandato del presidente de la República se realizaría en 2022 y la solicitud y recolección de firmas comenzaría en noviembre de este año. Sin embargo, recordemos que en la consulta popular realizada en agosto sobre los expresidentes participó sólo el 7% de electores.

La Constitución señala que, en caso de haberse revocado el mandato del presidente del la República, asumirá la titularidad del poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión, y dentro de los 30 días siguientes, el poder Legislativo deberá nombrar a un presidente sustituto para que concluya el sexenio.

Entre los casos más conocidos de revocación de mandato está el proceso de consulta sobre las presidencias de Hugo Chávez en Venezuela (2004) y Evo Morales en Bolivia (2008). De aprobarse esta ley, sería un parteaguas en el ejercicio de la democracia en nuestro país. Los ciudadanos contarán con un nuevo mecanismo de democracia directa, y podrán solicitar que se revoque el mandato al presidente, a pesar de haber ganado su cargo en las urnas, y sería la primera vez en México que un presidente se somete a una consulta sobre si debe permanecer o no en su cargo.

TAGS:
Comments are closed.