
Disposiciones de carácter obligatorio para los miembros de Colegio Jurista.
Disposiciones de carácter docente.
·       Los docentes del colegio jurista deberán respetar el horario docente asignado
·       Los docentes del colegio jurista deberán cumplir con el plan de estudios de la asignatura (s)
    asignada (s)
·         Los docentes del colegio jurista deberán cumplir con los criterios de Ajuste Docente
·        Los docentes del colegio jurista deberán cumplir con el Calendario Cuatrimestre asignado.
·       Los docentes del colegio jurista deberán cumplir el protocolo de Seguridad QuĂmica (en caso de
    aplicar)
·         Los docentes del colegio jurista deberán cumplir con el llenado de los formatos de Prácticas (en
     caso de aplicar)
·         Los docentes del colegio jurista deberán cumplir el reglamento de Laboratorio (en caso de
    aplicar)
·        Los docentes del colegio jurista deberán cumplir Las disposiciones normativas institucionales  Â
    establecidas en https://www.colegiojurista.com/politicas-de-privacidad/
·        Los docentes del colegio jurista deberán cumplir con el llenado del formato de planeación
    docente mismo que reconocen y se obligan a entregar en un plazo máximo a  Â
     los 7 dĂas naturales del inicio de clases
·         Los docentes del colegio jurista deberán cumplir con los tĂ©rminos de la prestaciĂłn de servicios      Â
    aceptados en su disponibilidad de horario mismos que serán pagados mediante rĂ©gimen de     Â
    asimilados a salarios, El Colegio Mexicano de Estudios de Posgrados JurĂdicos y EconĂłmicos     Â
    AC y los docentes reconocen el modelo de pago antes señalado salvo acuerdo en contrario           Â
    que deberá establecerse por mutuo acuerdo en documento suscrito entre docente y áreas
    administrativas de la instituciĂłn, por tanto, el envĂo por parte del docente de la disponibilidad de
    horario y la aceptación por parte de la institución de los mismos acuerdan que los efectos de la
    misma sean los establecidos en el artĂculo 94 en su FracciĂłn V de la Ley del Impuesto Sobre la
    Renta.
·         Los docentes del colegio jurista deberán aceptar la evaluación docente permanente, por tanto
    deberán:
·         Asistir a las reuniones a las que le sean convocado, dado a que se tocan puntos importantes para la impartición de las asignaturas.
·         Ser puntual en los horarios de clase.
·         No convocar a suplentes en las sesiones que no pueda asistir bajo cualquier circunstancia.
·         En tiempo de exámenes parciales, seguir con la impartición de la clase si el tiempo lo permite.
·         Las sesiones de clase son de 60 minutos, por lo que es necesario que cubra con ello durante los horarios previamente establecidos.
·         En caso de las clases no impartidas serán reagendadas con la notificación y autorización del coordinador académico.